SÍNTESIS CONCEPTUAL DE CASOS TIPO

SÍNTESIS CONCEPTUAL DE CASOS TIPO

Adoptada por el Banco de Datos de Derechos Humanos y Violencia Política del CINEP/PPP

El BANCO DE DATOS DE DERECHOS HUMANOS Y VIOLENCIA POLÍTICA registra un amplio universo de casos de violaciones a los derechos humanos, de infracciones a las normas del derecho internacional humanitario y de violencia política en general. A pesar de que todos los hechos registrados, cotidianamente, constituyen una afrenta a la dignidad del ser humano y son una radiografía de la grave crisis humanitaria que desde hace años vive el país, existen casos que el Banco de Datos ha catalogado como CASOS TIPO.

La “tipicidad” de un hecho (de violencia política) está dada no sólo por la cantidad de víctimas afectadas o por el modo como los responsables realizan la acción violenta, sino también por:

  • El contexto histórico y social en el que se realiza, que conjuga tanto elementos estructurantes como elementos coyunturales o momentáneos y, por lo general, obedecen a los intereses estratégicos y dispositivos inmediatos que estén en juego, según los actores participantes.
  • La existencia de un plan previo, que implica asegurar la infraestructura necesaria, logística, fases con objetivos calculados para el antes, el durante y el después. Se trata de una acción sistemática, no esporádica.
  • Establece niveles de alianzas y de involucramiento de otros actores (militares, sociales, políticos) para que cumplan algún tipo de rol determinado en torno al hecho.
  • El comportamiento y papel del Estado y del Gobierno, antes durante y después de los hechos.
  • El comportamiento y papel asumido por los organismos de control, investigación y justicia.
  • El comportamiento y rol de los Medios Masivos de Información en la orientación de la opinión pública.
  • El tipo de respuestas que se ofrece a las víctimas y población afectada, por parte de las instituciones pertinentes del Estado y la sociedad y el nivel de cumplimiento de las mismas, así como las garantías para el esclarecimiento, justicia y reparación a las víctimas y sus familiares.

La posibilidad de establecer y difundir la verdad de los hechos, en una sociedad, es no sólo el paso fundamental para lograr una opinión pública bien formada y responsable, sino que constituye un derecho inalienable de las víctimas y de los pueblos a saber la verdad acerca de los acontecimientos sucedidos y las circunstancias y los motivos que llevaron, mediante la violación masiva y sistemática de los derechos humanos, a la perpetración de crímenes aberrantes. El ejercicio pleno y efectivo del derecho a la verdad es esencial para evitar que en el futuro se repitan las violaciones.

La lectura de un hecho violento, bajo los parámetros anteriores, permite identificar unos “Patrones” relacionados con los intereses previos, las estrategias, la intencionalidad y el comportamiento de los responsables de un hecho violento y de todos aquellos que por acción u omisión participan de la acción.

Bogotá, julio 24 de 2013